CONSTITUCIÓN, DERECHOS FUNDAMENTALES, INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ALGORITMOS
DOI:
https://doi.org/10.17058/rdunisc.vi66.17635Resumen
Durante las últimas décadas, la relación de dependencia entre los seres humanos y la tecnología ha sido progresiva y plausible. Ello ha supuesto un mayor empleo –por parte del sector público y privado– de herramientas tecnológicas como la inteligencia artificial, y, en particular, los algoritmos. Estos últimos permiten la realización de actividades cotidianas como una transferencia bancaria y otras más complejas como la detección temprana de delitos. En este escenario, la discusión sobre si los criterios tecnológicos deben ser los únicos límites en el desarrollo de dichos avances toma mayor protagonismo. En el presente artículo, el autor analiza la incidencia de la inteligencia artificial y los algoritmos en los diversos campos de la sociedad, con especial énfasis en el riesgo que estos generan en materia de derechos fundamentales, si es que su aplicación no tiene como límite el respeto por los derechos y principios constitucionales. En adición, se expone la obligación del Estado, en el marco de un modelo democrático y social, de regular las prácticas que, haciendo uso de la tecnología, son potenciales instrumentos de
riesgo en los derechos de las personas.